El TEPJF ratificó y entregó la constancia que avala que Jesús Pablo Lemus Navarro será el gobernador de Jalisco.
Claudia Téllez
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó el triunfo de Jesús Pablo Lemus Navarro como gobernador de Jalisco y le entregó la constancia de mayoría.
Las y los magistrados, por unanimidad, desecharon el recurso que promovió la excandidata Claudia Delgadillo debido a que, en la instancia previa, fue coadyuvante en la impugnación que presentó Morena. Por ello, el recurso carece de interés para controvertir la sentencia en un juicio donde no fue actora. Además, el Tribunal calificó de infundados e ineficaces los motivos de agravio que denunció.
Asimismo, el TEPJF señaló que las pruebas ofrecidas fueron insuficientes para demostrar la presunta intervención de servidores públicos en los consejos distritales o en las mesas de recuento.
De acuerdo con el magistrado ponente, Alfredo Fuentes Barrera, la candidata de Morena no demostró que las autoridades locales hayan favorecido a Pablo Lemus. También desestimaron los argumentos que Delgadillo denunció por:
- Violencia política de género.
- Inequidad en medios de comunicación.
- Influencia del clero.
- Violación en la cadena de custodia del traslado de paquetes electorales.
“Las irregularidades denunciadas no fueron acreditadas con la fuerza probatoria necesaria para alcanzar el objetivo planteado por los inconformes. No sólo no se demostró que dichas anomalías tuvieran un impacto sustancial, sino que, además, la diferencia entre el primer y segundo lugar fue más de 180 mil votos, lo que refuerza la solidez del resultado electoral.
No se debe perder de vista que la nulidad de una elección es un acto de enorme relevancia y que debe estar respaldado por pruebas irrefutables. En ese proceso electoral, tal sustento no se presentó. Por tanto, el proyecto les propone ratificar la validez de la elección porque no se acreditaron irregularidades de carácter generalizado”.
Fuentes Barrera precisó que para que proceda la nulidad de la elección, es necesario acreditar las irregularidades y su impacto en los resultados:
“Es imperativo recordar que, aunque los actos electorales contrarios a la Constitución, que alteren significativamente el proceso pueden dar lugar a la nulidad de una elección, tal decisión no debe tomarse de manera ligera. La nulidad exige una demostración clara y contundente, de que las irregularidades ocurrieron y que influyeron decisivamente en el resultado, y en el caso, esto para el ponente, no aconteció”.
¿Por qué los argumentos son inválidos?
El magistrado Fuentes detalló que respecto a la intervención sistemática de funcionarios del gobierno local, sólo presentaron un listado de personas supuestamente vinculadas, pero sin pruebas de que sean servidores públicos ni de los presuntos vínculos partidistas.
Morena acusó además la existencia de servidores públicos que fungieron como representantes de Movimiento Ciudadano en las casillas. Sin embargo, presentaron solamente ligas de internet como pruebas de vínculos de que trabajaban en el gobierno, pero fueron enlaces sin información.
Sólo dos enlaces acreditaron de manera indiciaria el vínculo con el gobierno, pero no fueron prueba sobre cómo influyeron en los electores o afectaron los resultados, explicó.
Tampoco acreditaron la denuncia de violación a la cadena de custodia, ya que, hallaron indicios aislados y presentaron videos en los que mostraban boletas en bolsas negras, pero no indicaron a qué elección correspondían, agregó el juzgador.
A partir del 6 de diciembre asumirá el cargo como gobernador del estado de Jalisco.
Te recomendamos:
Tribunal electoral de Jalisco avala triunfo de Pablo Lemus como gobernador electo





