Simón Hernández León, abogado de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortíz, explicó qué significa la sentencia en contra de México.
Escucha la conversación con Simón Hernández León, abogado del caso.
IMER Noticias
La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortíz es histórica y trascendental porque es la primera ocasión que establece la responsabilidad internacional de México y señala que una figura de nuestra Constitución es inconvencional, contraria a lo que señala la Convención Americana en la materia.
Así lo destacó en entrevista para IMER Noticias Simón Hernández León, abogado de las personas que permanecieron detenidas bajo la figura de prisión preventiva oficiosa, sin sentencia, por más de 17 años.
Fallo histórico. Por primera vez, la @CorteIDH ordena al Estado mexicano una reforma constitucional: deberá adecuar art 19 para eliminar la prisión preventiva oficiosa.
A las 12 posicionamiento de @penasinculpa desde @CDHCMX @Garcia65Daniel @AribelGarciaP
Hemos hecho historia. pic.twitter.com/DnJ6vsrGKv
— Simón Hernández León (@hele_simon) April 12, 2023
Destacó que, tras esta determinación, el carácter oficioso o automático de la prisión preventiva debe eliminarse y debe quedar únicamente la prisión preventiva justificada.
“En los países democráticos la prisión preventiva se utiliza cuando está justificada, cuando se acredita ante una autoridad judicial su necesidad, su plazo razonable, que es proporcional. En nuestro caso hemos construido un andamiaje constitucional que permite encarcelar por los delitos que están en la Constitución. Y de esa manera las personas van a la cárcel automáticamente mientras hay investigación y mientras se llega a un juicio. Y esto es lo que la Corte IDH señala no puede permanecer en México”.
El abogado recordó que el Estado mexicano también debe hacer cambios legales, incluso constitucionales, para dejar sin efecto las disposiciones relativas al arraigo de naturaleza pre-procesal.
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