El dictamen para regular la objeción de conciencia obliga a las instituciones de salud públicas a tener personal “no objetor” para garantizar el derecho a la salud.
Francisco Juárez
La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley General de Salud para regular la objeción de conciencia e incluir este concepto.
Como parte de los cambios, el dictamen específica que el personal médico podrá ejercer el derecho a la objeción de conciencia siempre que hay informado previamente su decisión a la institución.
Además, las unidades de salud deberán contar con personal de carácter no objetor, para asegurar la atención médica de todas las personas.
Otro punto que destaca la reforma es que la objeción no será procedente cuando haya insuficiencia de personal médico o de enfermería no objetor.
Tampoco se podrá utilizar la objeción de conciencia cuando esta decisión implique un riesgo para la salud de la persona o requiera atención inmediata. O produzca daño o agravación, exista la posibilidad de generar secuelas y/o discapacidades en la o el paciente.
El diputado del PAN, Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN), consideró que todas las disposiciones jurídicas que se proponen en el dictamen garantiza los derechos de todos y todas.
“El ejercicio de la objeción de conciencia no puede y no debe comprometer el bienestar y los derechos de los pacientes”.
📌 #Entérate | Se aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma a la Ley General de Salud, en materia de objeción de conciencia.
Más información 👇🏻:https://t.co/wWZI47OmB4
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) November 1, 2023
¿Qué es la objeción de conciencia?
La objeción de conciencia es un derecho que tiene el personal de salud adscrito al Sistema Nacional de Salud para evitar realizar un procedimiento médico cuando afecte sus creencias religiosas, principios morales o de ética.
Un ejemplo de estos conflictos éticos son las interrupciones legales de los embarazos, las transfusiones de sangre o amputar alguna parte del cuerpo.
Te recomendamos:
¿En qué términos se debe reconocer la objeción de conciencia del personal médico?





