Tras haber sido rechazada a finales del año pasado y enviada a la congeladora, la reforma que elimina el fuero fue aprobada en San Lázaro con 420 votos a favor; ahora pasará al Senado.
Claudia Téllez
La reforma que elimina el fuero presidencial y permite que sea juzgado por delitos de corrupción y electorales pasó la prueba en la Cámara de Diputados.
Este miércoles, los legisladores aprobaron cambios para acotar el fuero presidencial, lo que abre la posibilidad de que el jefe del Ejecutivo federal pueda ser imputado y juzgado por traición a la patria, corrupción, delitos electorales, así como por aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano.
¿Cuáles fueron los cambios?
Las modificaciones a los artículos 108 y 111 de la Constitución buscan cerrar la brecha de impunidad y que no haya privilegios para ninguna persona incluido el mandatario federal.
Esto fue lo que dijo la presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, la morenista Aleida Alavez.
¿Cómo será el proceso?
La minuta que fue enviada al Senado de la República, establece que el titular del Ejecutivo Federal solo podrá ser acusado ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110 constitucional, el cual se refiere al Juicio Político y, en dicho proceso, se resolverá con base en la legislación penal aplicable.
El panista Jorge Espadas destacó, durante el debate, que la reforma sólo amplía el catálogo de delitos. Asimismo, afirmó que no se le retira el fuero al presidente debido a que se mantiene un proceso especial que pasa por el Poder Legislativo.
El dictamen se aprobó con 420 votos a favor y 15 abstenciones, y se envió al Senado de la República.
Y palomean formato de obtención de firmas para consulta popular
En el pleno de San Lázaro, los diputados también aprobaron el formato para la obtención de firmas para la consulta popular sobre si se enjuicia a los expresidentes, la cual fue promovida por Morena.
El formato, según los diputados, permitirá realizar con una mejor precisión, las revisiones y cotejos necesarios, para cuando se presenten de manera formal las solicitudes de consulta popular.
El acuerdo de la Mesa Directiva establece que dicho formato entra en vigor a partir de su aprobación por el Pleno de la Cámara de Diputados.
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