La SCJN respaldó el decreto presidencial que le quitó la administración de los tiempos oficiales en radio y televisión al INE.
Georgina Hernández
El Instituto Nacional Electoral perdió la administración de los tiempos oficiales en radio y televisión.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó el decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador que quitó la administración de los tiempos al INE.
El proyecto del ministro, Jorge Mario Pardo Rebolledo, consideró que el decreto presidencial no invadía las funciones del órgano electoral ni afectaba los 48 minutos que le corresponden al Estado en radio y televisión.
Además, el ministro destacó que la disminución del tiempo sólo aplica durante el periodo ordinario.
En este periodo, el artículo 41 de la Constitución establece un porcentaje de hasta 12 por ciento del tiempo total para que el Estado en esos medios de comunicación.
“El decreto disminuye los minutos relativos a los tiempos fiscales en periodos no electorales. Lo que en sí mismo no se estima una violación a la facultad constitucional del INE”.
A la par, la ministra Loretta Ortiz Alhf consideró que el decreto no atenta contra las facultades que tiene el INE ni de los partidos políticos.
“No tiene incidencia en las facultades del INE para administrar el tiempo que se ha destinado a sus propios fines”.
Con la decisión de la Corte, la reducción de 18 a 11 minutos diarios que deben entregar los canales de televisión abierta y de 35 a 21 minutos las estaciones de radio para contenidos del Estado siguen vigentes.
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