El Código Penal de Chihuahua penaliza el aborto en el estado hasta con un año de prisión a la mujer que interrumpa su embarazo, pese a las sentencias previas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Francisco Juárez
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional tres artículos del Código Penal de Chihuahua que sancionan el derecho a abortar en el estado.
La decisión de los y las magistradas se dio tras revisar un amparo promovido por una mujer que acusó que los artículos 143, 145 y 146 del Código Penal estatal son contrarios a los derechos humanos.
En una primera instancia, un juez de Distrito desechó la queja porque consideró que el simple hecho de ser mujer no era argumento suficiente para impugnarlos.
No obstante, la Primera Sala de la Corte recordó que ser mujer o una persona con capacidad de gestar es suficiente para reconocer el interés legítimo para impugnar la regulación del aborto.
Sin embargo, los y las ministras no ordenaron al Congreso Estatal la derogación de estos artículos, por lo que solo se concederá el amparo a las mujeres que impugnen estos artículos.
Esta es la cuarta ocasión que la Corte declara inconstitucional la penalización total del aborto en las legislaciones. Además, refuerza que el derecho a decidir es un derecho humano.
Finalmente, es la primera vez que se estudia el delito de aborto del Código Penal de Chihuahua.
La #PrimeraSalaSCJN declara inconstitucional el sistema normativo que penaliza el aborto en el Estado de #Chihuahua. https://t.co/ghWMw5bmEM pic.twitter.com/bOPJMLlYHy
— Suprema Corte (@SCJN) October 18, 2023
Corte despenaliza aborto en todo México
El pasado 6 de septiembre, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló a favor de despenalizar el aborto en todo el país.
Los y las ministras determinaron que el Código Penal Federal infringe los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.
Esto, al conceder un amparo al Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) y otras organizaciones locales para eliminar el delito de aborto.
Con la decisión de la Primera Sala, el Código Penal Federal que criminaliza el aborto ya no tendrá efectos y, por lo tanto, ninguna mujer o persona gestante se le podrá castigar por abortar.
Además, IMSS, ISSSTE, PEMEX y cualquier institución de salud federal deberían brindar el servicio de aborto a todas las mujeres y personas gestantes que lo soliciten.
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