La consulta será convocada por el INE a petición del 3% de ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores de cuando menos 17 entidades.
Claudia Téllez
Con el aval de Morena y PES, el Senado aprobó en comisiones el dictamen de la Ley Federal de Revocación de Mandato, con el que se pretende someter a consulta la permanencia del Presidente de la República en el poder.
Con 15 votos a favor, cinco en contra del PRI, Movimiento y PT, así como tres abstenciones, las comisiones unidas de Gobernación y Estudios Legislativos Segunda aprobaron el dictamen. El PRD se abstuvo y el PAN dejó su voto para el día que el asunto se analice en el Pleno.
El documento se turnó a la Mesa Directiva para discutirlo en una sesión del Pleno, aun sin fecha, aunque Morena buscará que se convoque a un extraordinario para el próximo viernes.
Durante el debate en lo general, la oposición lamentó la prisa por sacar esta norma sin generar consensos y señaló violaciones al reglamento para la aprobación del dictamen.
Expuso que este ejercicio ciudadano no está dedicado a una persona en especial, es a futuro y se trata la revocación de mandato, no la ratificación del mismo.
Indicó que no hay claridad en el tema presupuestal para la organización de este ejercicio, ni se precisan las atribuciones del Consejo General del INE.
La oposición precisó también que la revocación es un castigo por la pérdida de confianza de la ciudadana en el titular del Ejecutivo federal y se le retira del cargo.
El panista Damián Zepeda señaló que no está en duda que deben concretar la ley reglamentaria del artículo 35 de la Constitución, pero criticó las prisas.
“Yo no comparto que este documento lo debamos de aprobar con estas prisas. Se está intentando a marchas forzadas un periodo extraordinario, cuando estamos a escasos días de que vaya a existir el periodo ordinario, y me parece que ese tiempo debería ser utilizado para lograr los consensos que requerimos”.
La senadora Claudia Ruiz Massieu, del PRI, advirtió que se tergiversa el objetivo de la reforma constitucional.
“Me parece que se está tergiversando la figura de revocación de mandato y se está buscando legislar, más bien, una idea de ratificación de mandato. En el dictamen de la reforma constitucional dice textualmente: Cabe hacer mención que en ningún caso podrá interpretarse el proceso de revocación de mandato como una posible consulta sobre la permanencia en el cargo o la ratificación del mismo”.
En respuesta, legisladores de Morena pidieron a la oposición no tener miedo a la opinión de la ciudadanía y a la reinterpretación de la participación de la población.
El morenista Salomón Jara pidió simplificar la pregunta y fortalecer los mecanismos para que la ciudadanía participe.
“Quiero resaltar la gran oportunidad que tendrán los opositores y los conservadores para sustentar con números y con votos de verdad su discurso ficticio sobre el supuesto descontento social y no aprovecharse en todo momento de una estrategia que no les ha pegado”.
Durante el debate, la mayoría rechazó una propuesta del PAN para que se pospusiera la discusión y se convocara a mesas de trabajo y a reuniones con el INE para aclarar dudas y temas.
Así sería el proceso
La Ley Reglamentaria establece que la revocación de mandato se refiere al Presidente de la República, regula y garantiza el derecho de los ciudadanos de solicitar, participar y votar de forma libre, directa y secreta en este ejercicio.
Podrá solicitarse, por una sola ocasión, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año de gobierno y será vinculante.
La pregunta que se propone es: ¿Estás de acuerdo en que (nombre), presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, continúe ejerciendo el cargo hasta que concluya el mandato?
Será convocada por el INE a petición del tres por ciento de ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores de cuando menos 17 entidades federativas y que representen, como mínimo, el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas.
El INE será encargado de emitir los medios para recopilar y validar las firmas durante los 30 días naturales posteriores a que se reciba la solicitud, así como de promoverla.
Indica que, en el caso del INE, la organización y desarrollo de la revocación será responsabilidad de sus direcciones ejecutivas y unidades técnicas en el ámbito central.
Corresponderá al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el cómputo final y emitir la declaratoria de validez con base en los resultados consignados en los actas de los cómputos distritales, una vez resultas las impugnaciones que se hubieran interpuesto.
Será vinculante para el Presidente de la República con la participación del 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal.