De acuerdo con la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación argumentó que existen tres artículos del Código Penal de Aguascalientes que sancionan la interrupción del embarazo.
Francisco Juárez
Por primera vez, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a un estado modificar sus leyes por sancionar y criminalizar el aborto.
Se trata de los párrafos primero, segundo y cuarto del artículo 101, el artículo 102 y fragmentos del 103 del Código Penal de Aguascalientes donde sanciona la interrupción del embarazo de seis meses a tres años de prisión.
También sanciona al personal médico u otras personas que lo practiquen, y prevén reglas rigurosas para abortos en casos de violación o peligro de muerte para la madre.
Por este motivo, los y las ministras de la Primera Sala de la Corte determinaron que el Congreso estatal debe tomar “las medidas necesarias para reparar los daños”.
En su participación el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, autor del proyecto, informó que 73 personas enfrentan un procesa judicial por este tema, por lo que la Corte no puede ser
“Con otras palabras, setenta y tres personas han sido o están siendo procesadas por la aplicación de los artículos declarados inconstitucionales en la presente ejecutoria.
Por ello, esta Primera Sala no puede ser indiferente a la situación en la que las mujeres y personas gestantes de Aguascalientes están y han sido sometidas de manera injusta, siendo imperativo que los tribunales constitucionales, rompan el círculo de discriminación”.
Esta decisión llegó luego de que la Corte resolvió un amparo promovido por las asociaciones Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) y Morras Help Morras.
#ÚltimaHora || La @SCJN despenaliza el aborto en Aguascalientes. 💚
— IMER Noticias (@IMER_Noticias) August 30, 2023
Esto luego de un amparo presentado por CECADEC, TERFU, @CultivandoAc, @helpmorras y @GIRE_mx. pic.twitter.com/SvlvTUEKF7
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