A dos día de aprobar la reforma y con el aval de 23 Congresos locales, el Senado declaró la constitucionalidad de la reforma al Poder Judicial.
Kayleigh Bistrain / Claudia Téllez
En ausencia de las bancadas del PAN, PRI y MC, el Senado y la Cámara de Diputados declararon la constitucionalidad de la reforma al Poder Judicial.
Ante los grupos parlamentarios de Morena, Partido del Trabajo (PT) y Verde Ecologista, el presidente de la Cámara de Senadores, Gerardo Fernández Noroña, indicó que la reforma constitucional contó con el aval de 23 de 32 Congresos locales. De los 24 Congresos estatales que votaron la reforma, solo Jalisco la rechazó.
▶️ La Cámara de Senadores declara aprobado el decreto de modificaciones constitucionales en materia de #ReformaAlPoderJudicial. pic.twitter.com/8tSGiJY9cY
— Senado de México (@senadomexicano) September 13, 2024
Diputados declaran constitucionalidad en minutos
En una sesión de ocho minutos, Morena, PT y Partido Verde en la Cámara de Diputados declararon la constitucionalidad de la reforma al Poder Judicial.
En la Cámara de Diputados solo contabilizaron 23 Congresos locales que dieron trámite a la reforma. Tras la declaratoria, la Cámara remitió la reforma al presidente Andrés Manuel López Obrador para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El mandatario tiene intenciones de promulgar la reforma el 15 de septiembre. Sin embargo, un juez de distrito con sede en Colima otorgó una suspensión provisional para impedir la publicación del decreto en el DOF.
De acuerdo con la senadora por Morena, Ernestina Godoy, los amparos para detener la reforma al Poder Judicial son improcedentes porque no están previstos en la legislación y no aplican a reformas constitucionales.
También Ricardo Monreal, coordinador de Morena en la Cámara de Diputados, aseguró que no hay ningún recurso jurídico que frene la reforma o la invalide.
Por su parte, el senador por Movimiento Ciudadano, Luis Donaldo Colosio, reconoció que en la oposicion no alcanzan los 43 votos necesarios para impugnar la reforma. Ante esta situación, corresponderá a los partidos tratar de impugnar la reforma.
“Así como se requiere una mayoría calificada de 86, así también se requiere una minoría mínima para poder intentar una acción de constitucionalidad. Para eso se necesitan los 43 votos, que ya no tenemos, después de la traición del senador Yunes. Entonces, aquí la legitimidad jurídica si la puede seguir ejerciendo como quiera el instituto político, ya no somos los senadores, como bloque de oposición, los que estamos facultados para hacerlo. Sí tenemos interés jurídico, pero no tenemos el número mínimo de senadores para intentarlo, de ahí que son los institutos políticos los que pueden tener la legitimidad y el interés jurídico para iniciar una acción de inconstitucionalidad”.
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