El Congreso de CDMX aprueba que bici motos y scooters que superen 25 km/h emplacen y cumplan normas similares a las motocicletas.
Lourdes Zamudio
El Congreso de la Ciudad de México aprobó reformas a la Ley de Movilidad que obliga a los usuarios de bici motos y scooters que superen los 25 kilómetros por hora, a emplacar, tener licencia de conducir y acatar regulaciones similares a las de las motocicletas.
Además, con 53 votos a favor y sin posturas en contra, avaló una serie de reformas que modifican la Ley de Cultura Cívica para establecer infracciones especiales contra la seguridad ciudadana relacionada con la ocupación de la vía y el espacio público.
Entre las disposiciones aprobadas destacan:
- Uso obligatorio de casco.
- Prohibición de circular por aceras, ciclovías y carriles confinados para el transporte público.
El dictamen, elaborado por la Comisión de Movilidad, creó la figura de Vehículo Motorizado Eléctrico Personal, definida como una unidad con manubrio y acelerador independiente, equipada con motor eléctrico que le permite superar los 25 km/h.
Por su parte los vehículos no motorizados o con motor eléctrico limitado a 25 km/h quedarán exentos:
- Bicicletas
- Patines
- Scooters de tracción humana
Con esta reforma, el Congreso capitalino busca garantizar mayor seguridad vial y ordenar el uso de los nuevos medios de transporte eléctrico.
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