El INE había impugnado al considerar que el Congreso violó su autonomía constitucional y presupuestaria.
Adriana Esthela Flores
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró como infundada la controversia constitucional que promovió el INE contra los decretos que aprobó el Congreso para la consulta popular para el juicio a ex presidentes.
En sesión remota y por unanimidad, los integrantes de la Sala aprobaron reconocer la validez del decreto para la convocatoria a la consulta sobre “las acciones para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos” así como el que permitió su entrada en vigor.
El INE impugnó los decretos al considerar que el Congreso violó su autonomía constitucional y presupuestaria, pues no le autorizó una partida extraordinaria por casi mil 500 millones de pesos que solicitó para el proceso que se realizará el domingo 1 de agosto.
“No existe ni constitucional ni legalmente una obligación dirigida al Congreso de la Unión para que al emitir el Decreto que contiene la Convocatoria a la Consulta Popular, establezca o determine los recursos económicos con los que el INE deberá llevar a cabo la organización, difusión, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de la consulta popular, menos aún que deba hacerlo al establecer o reformar la vigencia del Decreto respectivo”, indicó el proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
Además, la Sala detalló que el INE deberá cubrir la organización de la consulta popular con base en su presupuesto para el ejercicio de 2019 y subsecuentes.
El plan original del INE para la consulta era destinar casi mil 500 millones de pesos para instalar 104 mil mesas receptoras del voto en todo el país; sin embargo, tras la negativa de la Secretaría de Hacienda a ampliar el presupuesto, el proyecto contempla instalar 91 mil mesas.