Si se da por efectiva la prescripción del delito por lavado de dinero, del que se acusa a Alonso Ancira, todos los que enfrenten cargos por ese mismo hecho podrían argumentar lo mismo, explicó el abogado Abimael Zavala Martínez.
El amparo concedido a Alonso Ancira por un secretario en funciones de juez podría tener un efecto grave en el entramado de corrupción en Pemex. Si se decide tomar como efectiva la prescripción del delito por presunto lavado de dinero por soborno, todos los que enfrenten cargos por ese mismo hecho podrían argumentar la misma razón jurídica, de acuerdo con el abogado Abimael Zavala Martínez.
La versión pública de la sentencia al presidente de Altos Hornos de México hace parecer que la prescripción está sustentada, pero para saber si es razonable se requiere tener todo el expediente y las pruebas que involucran esta acusación, dijo Zavala Martínez, integrante del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México, en la Tercera Emisión de IMER Noticias.
Según la Fiscalía General de la República (FGR), en noviembre de 2012 hubo un supuesto acuerdo entre Ancira, Emilio L. y su hermana, para transferir dinero de la empresa Altos Hornos de México, de la que Ancira es presidente, a otra empresa donde los Lozoya eran accionistas para que el exdirector de Pemex adquiriera una casa en Ciudad de México.
A cambio Pemex adquirió la empresa chatarra Agronitrogenados, propiedad de Altos Hornos de México, que llevaba 14 años sin funcionar y especialistas consideraron un mal negocio para la empresa productiva del Estado.
Ancira fue acusado por la FGR de lavado de dinero por soborno, para que este delito proceda requiere que la Unidad de Inteligencia Financiera presente una denuncia ante la fiscalía, requisito que se cumplió.
Esto dio elementos a un juez de control para librar una orden de aprehensión en contra del presidente de Altos Hornos de México, porque había datos de prueba suficientes que acreditaban su presunta responsabilidad.
La defensa de Ancira presentó un amparo indirecto, donde se argumentó que el delito había prescrito porque los hechos ocurrieron hace más de 3 años, límite señalado por el artículo 107 del Código Penal. De este manera logró convencer al secretario en funciones de juez del Juzgado Tercero de Distrito de Chiapas.
El abogado explicó que la última palabra de si el delito prescribió o no la tendrá un Tribunal Colegiado, al que seguramente recurrirá la FGR a través de un recurso de revisión, esta instancia podría tardar en resolver aproximadamente cuatro meses. Por el momento, la sentencia sigue teniendo un valor jurídico.