Nicolás Loza, doctor en ciencias sociales con especialidad en sociología por El Colegio de México, miembro del Sistema Nacional de Investigadores, profesor investigador de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales y Coordinador de la Maestría en Gobierno y Asuntos Públicos de FLACSO, nos comenta sobre el procedimiento de designación de 4 consejeros electorales nacionales, que deben estar en función el 4 de abril. El nombramiento de consejeros lo regula el artículo 41 de nuestra Constitución.
La cámara de diputados debe acordar una convocatoria en la que va a precisar las etapas del proceso, las fechas límite, los plazos improrrogables y el procedimiento para designar el comité técnico de valuación, que se integra de 7 personas de reconocido prestigio: 3 las nombra la Cámara, 2 la Comisión Nacional de Derechos Humanos y 2 el INAE.
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