La ministra Margarita Ríos Farjat propondrá ante la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que la Sedena indemnice económicamente a los familiares de una pareja asesinada por el ejército.
Gerogina Hernández
El 3 de marzo de 2010, una pareja que laboraba en Nuevo León fue ejecutada de manera extrajudicial por un elemento del Ejército Mexicano.
De acuerdo con los hechos, el automóvil del matrimonio estaba estacionado a pocos metros de su lugar de trabajo cuando dos miembros del crimen organizado que huían a pie de un enfrentamiento con militares abordaron el vehículo en el asiento trasero.
Ante el avance de los elementos, los dos sujetos bajaron del auto para intentar huir, pero ambos fueron abatidos.
Cuando los disparos cesaron, la mujer y su esposo, quien resultó herido, salieron del lugar para resguardarse y encontraron a un soldado, a quien le pidieron auxilio.
Pero, este respondió a su llamado con disparos. El soldado los mató a ambos y lo presumió a sus compañeros gritando: “ya me eché a dos”.
Con el fin de ocultar el grave error cometido, los militares colocaron armas a lado de los cuerpos de la pareja para simular su relación con la delincuencia organizada.
Un día después, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) emitió un comunicado en el que señaló que, en el marco de la campaña permanente en contra del narcotráfico, personal militar se enfrentó con miembros de la delincuencia organizada y que cuatro delincuentes habían sido abatidos.
Cristina Reyes, directora de litigio estratégico de México Unido Contra la Delincuencia, explica cómo la familia decidió acusar al Estado.
“La familia nota que es un acto irregular del Estado porque a raíz de una estrategia de seguridad militarizada basada en la confrontación. A partir de eso, reclama la responsabilidad patrimonial del Estado por la ejecución extrajudicial”.
¿Qué opina la Corte?
La ministra Margarita Ríos Farjat propondrá ante la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que la Sedena indemnice económicamente a los familiares de las víctimas.
De acuerdo con el proyecto de la ministra, en estos casos opera una regla de imprescriptibilidad que busca preservar la memoria de las víctimas y garantizar el derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación integral del daño.
Cristina Reyes señala que esta resolución es importante porque le da prioridad al derecho de las víctimas al acceso a la justicia y a la reparación del daño.
“Cualquier resolución votada con una mayoría absolutas, es decir, cuatro votos o más puede generar un precedente obligatorio para el resto del Poder Judicial. Entonces, otros casos que lleguen de manera similar deberían ser resueltos de esta manera”.
¿Qué precedente marcaría este caso?
De acuerdo con la ministra Ríos Farjat, la privación de la vida de la pareja, producto del uso injustificado y excesivo de la fuerza, reúne los elementos de una ejecución extrajudicial. Es decir, la privación arbitraria de la vida de una o más personas; cometida por agentes del Estado encargados de realizar tareas de seguridad.
En este sentido, la directora de litigio estratégico de México Unido Contra la Delincuencia, explica que el mayor precedente que marcará es que si comprueban que las Fuerzas Armadas son responsables de las quejas en su contra ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos por desapariciones forzadas, también tendrán que asumir la reparación del daño.
Además, no podrá estar sujeta al plazo administrativo establecido en la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
“Esta resolución sería muy importante para señalar que las Fuerzas Armadas deben hacerse responsables por sus acciones irregulares y que no está sujeto a un plazo administrativo de dos años. Al ser una violación grave a los derechos humanos no hay un plazo”.
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