El pasado miércoles 23 de marzo, el Tribunal ordenó mantener al aire el spot en que López Obrador cuestiona “la ostentación” y el “mal ejemplo” del gobierno en turno por comprar un avión presidencial. Según la Sala del TEPJF, no existen elementos de actos anticipados de campaña o promoción personalizada por parte de López. El asunto sería poco relevante si no fuera porque días atrás, el Instituto Nacional Electoral se pronunció en sentido contrario. Para el INE, Obrador incurría en actos anticipados de campaña y ordenó sacar del aire sus spots.
Por un lado, para el Tribunal Electoral, los 16 años de promoción de Andrés Manuel López Obrador no a meritan la etiqueta de campaña adelantada o de “sobre exposición indebida”. Incluso los magistrados del TEPJF resolvieron que el spot “está amparado dentro de los tiempos de radio y televisión que como prerrogativa tiene asignado el partido Morena” y que López Obrador habla con una referencia contundente de que lo hace en su calidad de presidente nacional de Morena.