La Sala Superior del TEPJF avaló los resultados de los cómputos distritales de la elección presidencial a favor de Claudia Sheinbaum.
Claudia Téllez
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó los resultados de los cómputos distritales de la elección presidencial y rechazó las 240 impugnaciones que presentó la oposición.
La Sala Superior realizó este jueves la primera de tres sesiones en las que resolverá los juicios de inconformidad contra la elección presidencial y validará el triunfo de Sheinbaum.
En esta primera sesión, las y los magistrados resolvieron calificaron como improcedentes e inoperantes las 240 impugnaciones a los resultados de casillas.
La próxima sesión será el lunes 12 de agosto para resolver el juicio madre. Se trata de los recursos relacionados con la nulidad de la elección presidencial que promovieron PAN, PRI y PRD, así como un recurso que presentó Xóchitl Gálvez.
Una vez que se cuenta con el cómputo final y estén resueltos los juicios de inconformidad, el miércoles, el pleno votará el dictamen de la validez de la elección presidencial. Está previsto que el miércoles 15 de agosto, el Tribunal Electoral entregue la constancia de mayoría a Sheinbaum, con lo que podrá iniciar el proceso formal de transición.
¿Qué resolvió hoy el TEPJF?
Con cuatro votos a favor y dos en contra, el pleno rechazó una propuesta de Janine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón de anular 66 casillas. Presuntamente en esas casillas personas que no estaban en el listado nominal correspondiente recibieron votos.
En sesión de pleno, las y los magistrados coincidieron que los partidos de oposición no sustentaron las irregularidades denunciadas en 233 juicios de inconformidad.
Algunas de las irregularidades que denunció la oposición eran:
- Una casilla que se instaló en un lugar distinto al acordado
- Dolo o error en el cómputo
- Violencia o presión en contra de los funcionarios de casilla
- Se permitió votar a personas sin la credencial de elector
La magistrada Otálora destacó que los órganos jurisdiccionales deben dar certeza jurídica, sobre todo a quienes no ganaron las elecciones.
Sin embargo, el magistrado Felipe Fuentes Barrera destacó que la Sala Superior no debe desarrollar estudios oficiosos frente a impugnaciones “genéricas y sin sustento” para anular resultados electorales, ni aportar elementos de prueba.
“Considero justificado evitar que a través de argumentos genéricos y sin sustento se prive de eficacia a una votación porque una decisión de ese tipo conlleva implícitamente dejar de lado el gran esfuerzo y trabajo que la ciudadanía lleva a cabo el día de la elección, así como la voluntad plasmada en el sufragio. Es decir, en asuntos como el que ahora nos ocupa, es preciso siempre sobreponer el derecho y el valor del voto ciudadano frente a la pretensión de anular el resultado ante la falta de una impugnación adecuada”.
La magistrada presidenta, Mónica Soto, señaló que es obligación de los que objetan justificar plenamente la acción solicitada. Por ello, se pronunció por confirmar los resultados de los cómputos distritales impugnados.
“Es para mí lo procedente, confirmar en sus términos la totalidad de los cómputos con los que se ha dado cuenta, ante la ineficacia de los planteamientos hechos valer en los juicios de inconformidad”.
En la sesión participó la magistrada Claudia Valle para integrar el quorum requerido por la ley para la calificación de la elección presidencial.
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