Desde 2014, Viridiana ha entrado y salido de prisión dos veces por haber sostenido una relación con un presunto criminal.
Georgina Hernández
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó revisar con perspectiva de género el caso de Viridiana Molina.
Ella está acusada de delincuencia organizada con la finalidad de cometer delitos de tráfico de personas y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
De acuerdo con el proyecto de resolución de la ministra Margarita Ríos Farjat, la Corte no absolvió a Viridiana de las acusaciones ni revocó su sentencia.
Sin embargo, devolvió el caso al Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito para que revise de nuevo su archivo.
Al mismo tiempo, los y las ministras ordenaron al tribunal revisar si Viridiana estaba en una situación de desventaja y vulnerabilidad por razón de género cuando la detuvieron.
¿Quién es Viridiana Molina?
El 22 de agosto de 2014, las autoridades detuvieron a Viridiana Molina en un operativo federal para desmantelar una organización dedicada al tráfico de migrantes de Asia.
Según las autoridades, Viridiana era cómplice por mantener una relación sentimental con uno de los presuntos criminales.
Por este hecho, Viridiana fue privada de su libertad en un centro penitenciario de máxima seguridad durante cuatro años y medio.
No obstante, el juez no encontró pruebas contundentes en su contra y la dejó en libertad el 20 de febrero de 2019.
Tras este hecho, la FGR apeló la decisión ante un tribunal y resolvió que Viridiana era culpable y la sentenció a nueve años de prisión.
Por ello, el Instituto Federal de Defensoría Pública tomó la defensa de Viridiana y llevó su caso ante la Suprema Corte.
La lucha jurídica sigue
Al respecto, Ángela Guerrero, coordinadora general del Centro de Estudios y Acción por la Justicia Social, celebró esta sentencia.
Sin embargo, esperaba que la Corte concediera un amparo llano y liso que la dejara en libertad.
“La Corte hizo lo mínimo positivo que es reconocer que no se utilizó un análisis con perspectiva de género”.
Asimismo, Ángela Guerrero señaló que su caso era clave, puesto que la Corte sólo ha revisado ocho amparos relacionados con perspectiva de género.
Aunque, en ninguno la Corte había tomado en cuenta casos de tortura en todas sus vertientes.
“Nunca la Corte ha establecido criterios de cómo tienes que utilizar su protocolo para juzgar con perspectiva de género”.
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