La SCJN aplazó hasta septiembre la revisión de esta medida cautelar, la cual algunos especialistas y magistrados consideran que es inconstitucional.
IMER Noticias
La Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirá el próximo 5 de septiembre dos proyectos en torno a la figura de la prisión preventiva oficiosa.
Los proyectos de la ministra Norma Lucía Piña y del ministro Luis María Aguilar, aunque abordan distintos casos, coinciden que esta medida cautelar es inconvencional y no debería aplicarse.
Pero, ¿por qué la Corte invalidaría esta figura? A continuación, te explicamos en qué consiste y los argumentos a favor y en contra.
¿Qué es y cómo se aplica?
La prisión preventiva es una medida cautelar que establece un juez para que la persona acusada permanezca en prisión, mientras le dictan una sentencia.
Esta medida tiene como objetivo evitar que la víctima corra un riesgo inminente o para garantizar que la persona acusada no evitará a la justicia.
Además, el plazo máximo que durará esta restricción será de dos años. En caso, de no contar con sentencia en ese tiempo, la persona acusada podrá solicitar que le cambien la medida.
Actualmente, existen dos tipos de prisión preventiva: oficiosa y justificada.
¿En qué consiste cada una?
La prisión preventiva justificada es aquella que solicita el ministerio público u otra autoridad ante un juez.
Para ello, es necesario contar con pruebas y argumentos sólidos que confirmen que la persona es presuntamente responsable de cometer un delito.
La prisión preventiva oficiosa, en cambio, la dicta un juez con base en el catálogo de delitos que establece el artículo 19 de la Constitución. Algunos de estos son:
- Abuso y violencia sexual contra menores.
- Delincuencia organizada.
- Homicidio doloso.
- Feminicidio.
- Violación.
- Secuestro.
- Trata de personas.
- Robo de casa habitación.
- Uso de programas sociales con fines electorales.
- Corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.
- Robo de hidrocarburos.
Si esta figura jurídica mantiene en prisión a las personas, ¿cuál es el problema?
La principal crítica de especialistas y algunos magistrados es el uso excesivo de la prisión preventiva, la violación a la presunción de inocencia y la ineficacia de las fiscalías para investigar.
Para Luis Tapia, abogado especializado en temas de Derechos Humanos, no hay evidencia de que la medida de prisión preventiva oficiosa disminuya los delitos.
Por el contrario, promueve que las autoridades no investiguen ni justifiquen los actos de los que se acusa a las personas.
“Es como si le pusiéramos unas rueditas a la bicicleta para que no se caigan las fiscalías y sólo promovemos su eficiencia. Tenemos impunidad, la violencia no se detiene, los delitos con prisión preventiva oficiosa no se reducen”.
A la par, la abogada penalista y académica de la UNAM, Ángela Frías, argumenta que esta medida cautelar va en contra del principio de inocencia de las personas, pues muchas veces se detiene bajo sospechas y permanecen en la cárcel sin sentencia y sin pruebas con confirmen su culpabilidad.
“La figura contraviene los tratados que México ha firmado. Además, atenta contra la presunción de inocencia, el debido proceso incluso contra el derecho de una defensa adecuada. Ellos dejan de tener recursos y empobrece a las personas, dejan de trabajar y se les deja ahí”.
Por ello, especialistas como Daniel Vázquez, doctor en Ciencias Sociales por la Flacso México, consideran que eliminar la prisión preventiva oficiosa ayudaría a que las fiscalías y ministerios públicos trabajen más en cada investigación.
¿Por qué el gobierno defiende esta figura?
El presidente Andrés Manuel López Obrador y la Secretaría de Seguridad Pública aseguran que eliminar esta figura provocaría que miles de presuntos criminales salgan de prisión.
Además, pone en riesgo a sus víctimas y denunciantes, principalmente, en casos de violencia de género.
También coloca a jueces y juezas a merced de la corrupción y grupos criminales, pues ellos tendrían la última palabra para decidir si una persona permanece en prisión o no mientras sigue su proceso.
No obstante, los y las especialistas en Derecho coinciden que, en caso de acabar con la medida cautelar, no saldrán criminales de forma masiva.
Sólo permitirá a las personas recluidas solicitar una revisión a un juez para modificar su medida cautelar.
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