El gobierno debería garantizar la privacidad y la intimidad de los usuarios de telefonía móvil, consideró el consultor en Ciberseguridad, Adolfo Arreola.
Escucha la conversación con el consultor en Ciberseguridad, Adolfo Arreola.
Redacción IMER Noticias
El sábado 17 de abril entraron en vigor las reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), luego de que un día antes fue publicado el decreto correspondiente en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Como parte de dichas reformas, avaladas en el Senado la semana pasada, se aprobó la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, una base de datos con información personal de cada uno de los titulares de una línea telefónica móvil en el país.
En caso de no registrar sus datos, al usuario se le cancelará la prestación del servicio de telefonía móvil, sin derecho a reactivación, pago o indemnización alguna.
Sobre el tema, el profesor e investigador Adolfo Arreola García, consultor en Ciberseguridad, opinó que la aprobación del padrón de telefonía móvil se hizo con poco detalle, en el sentido del análisis, debido a que afecta la privacidad y la intimidad de los usuarios.
«Verdaderamente lesiona derechos humanos y los derechos digitales que hoy deberían ser un área de oportunidad para el gobierno, a fin de que garantizara la privacidad y la intimidad de los usuarios de la telefonía móvil.»
El especialista advirtió que el registro de nuestros datos biométricos representa un riesgo «porque no sabes quién terminará con tus datos». Recordó que la información que proporcionamos a diferentes organismos o empresas privadas se pueden comercializan en la red de Internet.
«Tiene un costo bastante alto poner nuestros datos, porque al final no solamente van a ser los datos de uso diario, sino que van a ser datos biométricos, que tienen por característica que son universales, permanentes, únicos y medibles. Es tu identidad, es tu esencia como ser humano y ahí está el verdadero peligro.»
Dijo que tras la entrada en vigor de las reformas, si queremos actuar, «nos queda apegarnos a la ley, tratar de contrarrestar la acción, si es autoritaria impositiva y contraria al marco legal».
¿Qué datos se deben registrar para el padrón?
Por cada tarjeta SIM, el usuario deberá registrar una serie de datos personales y de la línea de telefonía móvil:
- Número de la línea telefónica móvil,
- Fecha y hora de la activación de la línea telefónica móvil adquirida en la tarjeta SIM,
- Nombre completo o, en su caso, denominación o razón social del usuario,
- Número de identificación oficial con fotografía o Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular de la línea,
- Datos biométricos del usuario y, en su caso, del representante legal de la persona moral,
- Domicilio del usuario,
- Datos del concesionario de telecomunicaciones o, en su caso, de los autorizados,
- Esquema de contratación de la línea telefónica móvil: pospago o prepago.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) tendrá seis meses para emitir los lineamientos sobre el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil y posteriormente habrá un plazo de seis meses más para instalar y operar dicho registro.
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