La Comisión de Quejas del INE ordenó a Ramírez Cuevas editar las mañaneras, a fin de eliminar expresiones que violen la normativa electoral.
Berenice Vásquez
El vocero de la Presidencia, Jesús Ramírez Cuevas, respondió al Instituto Nacional Electoral (INE) que las mañaneras solo se pueden editar una vez que hay una queja posterior a la transmisión de ésta.
“No se pueden editar, se editan cuando se queja un partido o algún actor político, en ese momento si, antes no”, señaló en la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Ello, luego de que ayer la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó al coordinador general de Comunicación Social y vocero de Presidencia, revisar y editar el contenido de las “mañaneras”, previo a subirlas a la página oficial del Gobierno Federal, a fin de eliminar las expresiones que constituyan infracciones a la normativa electoral.
La medida incluye la verificación de dicho contenido en redes sociales oficiales, medios digitales de difusión oficiales, así como al sitio de Internet oficial.
Al respecto, el presidente López Obrador señaló que desconocía esta resolución; sin embargo, dijo que esta medida solo se podría aplicar mediante la “telepatía”.
“Está bien, pero después si ellos consideran… eso ya lo hacemos, cuando el Tribunal dice ‘bajen esto’, se baja(…) sólo por telepatía. Ni modo que ya sepan lo que me van a venir a preguntar aquí”.
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La medida cautelar deriva de la impugnación del Partido de la Revolución Democrática al acuerdo ACQyD-INE-155/2024 emitido por la Comisión de Quejas el pasado 8 de abril, respecto de la conferencia de prensa matutina del pasado 22 de marzo, en la que de acuerdo con el PRD, “se omitió atender su petición relativa a ordenar a Ramírez Cuevas, cumplir con la obligación de revisar y, en su caso, editar el contenido de la mañanera”.
La Comisión de Quejas agregó que por cuanto hace al uso indebido de recursos determinó que “será un tema que analizará de fondo la Sala Regional Especializada del TEPJF”.
Tribunal Electoral no suspende las “mañaneras”
Este ordenamiento se suma a otros en los que el INE pidió al titular del Ejecutivo modificar o bajar el contenido de sus conferencias, al considerar que interviene en el proceso electoral.
Sin embargo, cabe recordar que el pasado 24 de abril el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó no suspender la transmisión de la “mañanera”, pues ello constituiría una especie de censura.
La Sala Superior, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, determinó que conforme a la doctrina constitucional que se ha desarrollado sobre las conferencias matutinas del presidente de la República, en sí mismas, no son ilícitas, por lo que no puede ordenarse la suspensión generalizada de su difusión.
Al respecto, el pleno determinó que son actos gubernamentales de comunicación social que, por su naturaleza intrínseca, no constituyen la emisión de propaganda gubernamental prohibida por los artículos 41 y 134 de la Constitución federal.
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