La resolución de la Suprema Corte sobre una acción de inconstitucionalidad en contra del Código Penal de Coahuila podría marcar un precedente para todas las entidades.
Alondra Reséndiz y Aura García
Una resolución en torno al aborto será discutida este día en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la votación de ministras y ministros es importante porque, según algunas voces de expertas, puede sentar un precedente para la vida de las mujeres y personas gestantes.
Aquí te contamos los puntos clave del tema.
¿Qué se va a discutir?
El máximo tribunal del país determinará si los artículos 195 y 196 del Código Penal del estado de Coahuila son anticonstitucionales; la ponencia del ministro Luis María Aguilar plantea que atentan contra los derechos de autonomía y libertad reproductiva de las mujeres.
Estos artículos señalan que:
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Comete aborto quien causa la muerte al producto de la concepción, en cualquier momento del embarazo.
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Se impondrá de uno a tres años de prisión, a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que la asista con este propósito.
¿Cuáles son los antecedentes de la discusión?
En 2017, la Procuraduría General de la República, ahora Fiscalía General, encontró en el Código Penal de Coahuila artículos que contravenían la Constitución y tratados internacionales de los que forma parte México; por ello, promovió una acción de inconstitucionalidad.
Este recurso de acuerdo con Melissa Ayala, coordinadora del área de litigio en Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), pueden emplearlo diversos órganos para evitar que normativas locales violen derechos estipulados en la Carta Magna.
“Las acciones de inconstitucionalidad pueden ser promovidas por legisladoras y legisladores federales o locales, o quienes conformen una minoría parlamentaria que represente al menos el 33% del total de quienes integran el órgano -que justo haya expedido la norma que se impugna- y también otras instituciones como pueden ser la Comisión Nacional de Derechos Humano, o por ejemplo, la entonces Procuraduría General de la República, ahora Fiscalía”.
Garantizar derechos: la base del proyecto
Uno de los argumentos del proyecto recae en el derecho a decidir, donde se engloba el libre desarrollo de la personalidad y a la autonomía personal. En ese sentido, el documento resalta que cada mujer elige quién quiere ser, cómo desarrollar su vida privada y si quiere, o no, ser madre.
Ayala, experta en la materia, y quien participó en un foro virtual de cara a la discusión, aclara que su organización aplaude este reconocimiento, por el que diversos grupos sociales han luchado históricamente.
“De manera muy específica, y de manera muy puntual, se señala que el derecho a decidir permite a las mujeres elegir quién queremos ser. Y reconoce que la maternidad es un aspecto voluntario. Esto, ya lo hemos dicho en muchos espacios, pero la maternidad no es destino. La maternidad debe ser una decisión. Y reconoce, precisamente, que la maternidad es un camino personal que puede o no desear recorrerse, y ambas decisiones son completamente válidas.”
Asimismo, el documento destaca que no reconocer este derecho supondría una lesión a la igualdad de género, al cometer discriminación basada en prácticas o costumbres ancladas a un rol social que se asignó a las mujeres.
Oriana López, directora de la organización Balance -que coordina también el Fondo de Aborto para la Justicia Social MARIA-, subraya que otro aspecto importante es que el proyecto reconoce es el derecho de las mujeres a disfrutar de su sexualidad y apunta a lograr con esto mayor equidad entre hombres y mujeres.
“De otra forma lo que estaríamos haciendo es llegar a absurdos, como el de criminalizar la sexualidad de las mujeres, y esa es una parte muy enfática y que valdría mucho la pena resaltar: la importancia de poder separar la reproducción de la sexualidad. Hay una sobrecarga, por la biología, de las personas con la capacidad de gestar y de las mujeres de que en el ejercicio de la sexualidad, aún usando métodos anticonceptivos existe el riesgo del embarazo y no poder decidir abortar implica una sobrecarga que nos coloca en desigualdad de género.”
Un parteaguas para México
Si el proyecto pasa en los términos planteados, marcaría un precedente a nivel nacional porque la Corte se pronunciaría en contra de que el Estado criminalice a las mujeres que abortan durante la primera etapa de gestación.
Así lo explica Oriana López.
“En caso de que el proyecto se apruebe en los términos en que está planteado, sí se marca un precedente para todos los estados de la República porque es una cosa que se tiene en común. Una cosa que sí existe en todos los códigos es que hay criminalización hacia el aborto decidido, la criminalización específica a las mujeres y a las personas con capacidad de gestar. Sí es un aspecto en el cual le estarían hablando directamente a Coahuila, pero de forma indirecta permite tener los precedentes para que otros estados se pudieran dar cuenta y pudieran promover iniciativas”.
Desde el Fondo de Aborto para la Justicia Social MARIA, Oriana López menciona que la decisión de abortar es individual y que se tienen que garantizar las condiciones necesarias para que las mujeres y las personas gestantes tengan todas las opciones y posiblidades para decidir libremente sobre un embarazo.
La ponencia del Ministro Luis María Aguilar también plantea la inconstitucionalidad del artículos 13, apartado A, el cual regula un tema exclusivo del Congreso de la Unión en materia de prisión preventiva oficiosa, y el 224, fracción II, que estipula una penalidad menor a la violación cometida entre parejas.
Para ser aprobado, el proyecto requiere el voto de 8 de los 11 ministros de la Suprema Corte.
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