La práctica de alquiler de vientres no está regulada ni prohibida a nivel federal, a lo que se suman leyes locales heterogéneas.
Escucha este trabajo especial con la producción de Sofía Gutiérrez.
Georgina Hernández
Tania realizó su proceso de gestación subrogada con una agencia estadounidense que no tiene dirección física en México, pero ofrece este servicio a través de internet. A ella la contactaron mediante Facebook y tras un año de insistencia, lograron convencerla para que se convirtiera en la persona gestante para un padre soltero originario de España.
Esta agencia recluta mujeres de 22 a 34 años, que hayan tenido por lo menos un hijo y que quieran gestar un bebé para una familia. El contrato se hace entre la persona gestante y las madres y/o padres intencionales ante un notario público.
Y aunque la cantidad ofrecida por gestar es considerable, la información sobre el proceso y las posibles consecuencias es ambigua o nula. Tania lo vivió en 2022, cuando se sometió a un proceso de gestación subrogada, o alquiler de vientre, como también se le conoce.
“Y entonces regresé al médico y empezaron los estudios, las valoraciones y terminaron por decirme que había quedado con adenomiosis, fibrosis y que lo más recomendable era quitarme la matriz porque ya no era apta. O sea, imagínate, después de haber dado a luz a un bebé que era para otra persona y que yo y mi pareja si teníamos la intención de tener un bebé, pero más adelante, ahora nos dicen que ya no podemos, que ya la matriz no sirve.”
Los problemas comenzaron desde antes. A Tania jamás le explicaron los riesgos que podría tener al ya haber tenido tres hijas propias. Tampoco le anticiparon la gran cantidad de medicamentos que tendría que tomar para lograr una implantación y si estos le ocasionarían problemas gástricos a largo plazo, como le ocurrió.
Después vino una cesárea que duró más de tres horas. Según la versión médica, esto fue así porque se presentaron algunas complicaciones como sangrado uterino. Y posterior a esto, ha tenido períodos con sangrado abundante y por varios días.
Ninguno de los gastos le fueron reembolsados, pese a que el padre intencional había dado dinero a la agencia.
“Y sí es tomado como un negocio. Sí, la ayuda es bastante, yo me llevé más de 400 mil pesos. Sí, es una cantidad considerable en un año, pero después qué consecuencias te trae. Esos pinches 400 mil pesos no me van a alcanzar para nada y lamentablemente las gestantes no son asesoradas por personas que sepan realmente del tema. Yo, después de dar a luz, me pude integrar a la litigio estratégico que llevaba los casos de esta agencia ,porque yo tenía tanto la experiencia jurídica como la experiencia de la gesta. Éramos yo y otros dos casos, una chica que había perdido el útero en cesárea y otra chica que también había perdido el útero en cesárea y yo que estaba a punto de perderlo”.
Leyes locales heterogéneas
De acuerdo con Enya Quezada, abogada del Despacho Cibeles, las clínicas que practican gestaciones subrogadas no requieren autorización o licencias específicas para su operación.
Y aunque la Constitución sí reconoce el derecho al acceso a técnicas de reproducción asistida, la gestación subrogada está en un limbo legal: no está regulada ni prohibida a nivel federal, a lo que se suman leyes locales heterogéneas.
En 1997, Tabasco introdujo una regulación sobre gestación subrogada en su código civil, que simplemente contemplaba el registro de menores nacidos a partir de estos acuerdos. En 2013, Sinaloa introdujo la figura, aunque con ciertas restricciones.
En Coahuila, Querétaro y San Luis Potosí se desconocen los acuerdos de gestación subrogada, ya que sus códigos presumen que la maternidad es de la persona gestante.
El Despacho Cibeles trabaja sólo con casos de Ciudad de México, donde si bien no hay una legislación específica sobre la materia, sí hay normas que hacen que la gestación subrogada no sea considerada un procedimiento ilegal.
“Hay obstáculos, justamente esta carencia de un protocolo legal que diga cómo hacer que estos procesos sean seguros para todos, pero no implica que quienes actuemos en este tipo de de procedimientos generemos nuestros propios protocolos para evitar que se vulneren derechos tanto de las gestantes como de los padres intencionales, y más importante, de los niños que nazcan de estos procesos. Tenemos que hacer como una serie de compilación de derechos que están ahí regados, tanto en las leyes de salud como en las constituciones y también en la ley civil que establece las formas de reconocer hijos, de establecer la afiliación, etcétera”.
Contratos no protegen a las personas involucradas
Tania decidió priorizar su situación médica. A sus 34 años inició el proceso para regularizar el sangrado para posteriormente realizarse la histerectomía, es decir, la cirugía con la cual le quitarán el útero. También decidió no llevar el caso a la vía jurídica, ya que no tiene a quien reclamarle.
La agencia no se ha hecho responsable bajo el argumento de que lo sucedido fueron consecuencias del embarazo y porque, además, el contrato fue entre Tania y el papá intencional, quien desde hace un año se fue de México.
“Pues obviamente al no tener un contrato con la agencia no puedo culpar a la agencia. Al darse por terminado el contrato en el proceso que llevamos, cuando nació el bebé y le dieron el pasaporte y todos los papeles para que el papá pudiera sacar al bebé del país. Porque aparte, fue un papá extranjero que vino a hacer aquí la gestación, vino y se llevó a su crío, o sea, tú dime si yo lo voy a encontrar o si México va a girar un exhorto hasta España, que es de donde es el papá para decirle ‘oye, mijo acá tienes cuentas pendientes’. Entonces sí, me quedo en el limbo”.
Para la abogada Enya Quezada, otro de los graves problemas que existen en torno a este tema es que ni las personas gestantes ni las madres y/o padres intencionales están bien asesorados.
“Desafortunadamente hay historias de terror ahí afuera que nos hacen a todas nosotras temblar. Creo que gran parte de eso es que hay mucha incertidumbre dado que no están bien representados ni unos ni los otros y no hay contratos lo suficientemente fuertes para asegurar que las gestantes sean la prioridad en estos procesos porque lo es. Está la gestante como la prioridad, porque sin ella no se puede hacer nada y además de que sin ella no se puede hacer nada, su salud es lo primero que ella pone en riesgo, aparte de mil cosas. Entonces, cuando no hay contratos lo suficientemente protectores, fuertes y ejecutables, se lleva mucho a esta incertidumbre de qué pasa si la mujer corre algún riesgo, no sé, alguna pérdida orgánica”.
¿Regular o prohibir?
A nivel federal, la gestación subrogada se ha intentado legislar en al menos 18 ocasiones desde 2016, de acuerdo a Eleane Proo Méndez, docente de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM. Sin embargo, el vacío legal persiste debido al eterno debate entre regular o prohibir.
Para Verónica Esparza, coordinadora de investigación en la organización GIRE, la experiencia internacional debe ser tomada en cuenta, ya que ha demostrado que impedir la gestación subrogada sólo la traslada a la clandestinidad y deja en mayor vulnerabilidad a todas las partes.
Incluso, reconoce que desde el propio feminismo hay posturas encontradas: hay quienes no sólo se pronuncian por la prohibición, sino incluso por penalizar a quienes participen en estos acuerdos, argumentando que estos alimentan la explotación de mujeres en condiciones desiguales. Para Verónica es necesario reconocer la capacidad de decisión que tienen las personas gestantes sobre sus cuerpos, aún en contextos de desigualdad.
“Justo lo que decimos es un marco normativo garantista, que respete la división de competencias, que no discrimine. Estamos convencidas de que un marco normativo no podría prever todas las posibles consecuencias negativas que pueden tener estos acuerdos, pero de alguna manera protege de una mejor manera a quien se busca proteger. Justo en la parte que podemos coincidir, incluso con las posturas contrarias, es que también nosotras buscamos que se proteja a las personas en mayor situación de vulnerabilidad, que en este tipo de escenarios suelen ser las gestantes y los niños y niñas.
La manera en lo que no estamos de acuerdo es en cómo llegar a esa protección. Desde nuestro punto de vista, justo la prohibición o incluso las medidas punitivas, nunca pueden ser una solución para resolver un problema de este tipo”.
Te recomendamos:
Ley Amparo Ochoa: mujeres por la paridad de género en los escenarios musicales