El gobierno de Calkiní, Campeche, buscaba aplicar impuestos fijos a médicos generales y dentistas; la Corte lo declaró inconstitucional.
Adriana Esthela Flores
La Suprema Corte de Justicia de la Nación frenó las intenciones del gobierno municipal de Calkiní, Campeche, que en su presupuesto de 2021 incluyó un impuesto de tasa fija a los ingresos del personal de salud.
El artículo 13 de la Ley de Ingresos del municipio estableció que, para el cobro de impuestos sobre honorarios por servicios médicos profesionales, las personas dedicadas a medicina general pagarían una cuota mensual de 275 pesos y los dentistas, 170.
El alcalde Roque Sánchez Golib afirmó el año pasado que su administración es austera y que con estos impuestos fijos buscaba obtener un monto anual de 13 mil 289 pesos de un presupuesto total superior a los 229 millones.
A finales de diciembre, el Congreso de Campeche aprobó la Ley de Ingresos municipal, pero la Comisión Nacional de Derechos Humanos promovió una acción de inconstitucionalidad para exigir que se invalidara el artículo 13.
La ministra Norma Lucía Piña Hernández apoyó el planteamiento, al señalar que las cuotas fijas no tomaron en cuenta la capacidad financiera de cada contribuyente.
Además, la Corte consideró que los impuestos deben aplicarse según la Ley de Hacienda de los Municipios de Campeche, que fija una tasa del tres por ciento sobre los ingresos mensuales de las personas contribuyentes.
El Pleno del máximo tribunal del país respaldó la decisión por unanimidad.