El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) exhortaron a evitar incurrir en defraudación fiscal.
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IMER Noticias
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) exhortaron a prestadores de servicios especializados a incurrir en defraudación fiscal por subcontratación de servicios u obras especializadas.
Las instituciones señalaron que personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas sin contar con su registro ante la Secretaría del Trabajo podrán ser sancionados por incurrir en defraudación fiscal.
Según la reforma laboral de 2021, la subcontratación de servicios u obras especializadas distintas al objetivo social y actividad económica preponderante del contratante que no estén vigentes en el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) será sancionada física y laboralmente.
Por ello, el SAT y la Secretaría de Trabajo reiteraron a personas físicas y morales a que realicen contrataciones exclusivamente con empresas que cuenten con dicho registro en el Padrón Público. De lo contrario, no podrán hacer deducibles o acreditables los pagos que hayan realizado por los servicios contratados.
De acuerdo con el artículo 1004-C de la Ley Federal del Trabajo, de no cumplir con estas disposiciones se impondrá una multa de dos mil a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, de 207 mil 480 pesos a cinco millones 187 mil pesos.
#ComunicadoSAT
El SAT y la @STPS_mx exhortan a los prestadores de servicios especializados a evitar incurrir en defraudación fiscal. pic.twitter.com/eL1NfzBPXw— SATMX (@SATMX) May 17, 2023
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