El pleno del Senado aprobó la Ley Federal de Revocación de Mandato luego de 16 horas de negociación. Ahora se turnó a la Cámara de Diputados para su análisis y discusión.
Rita Cerón
El pleno del Senado aprobó la madrugada de este viernes, con 101 votos a favor y dos en contra, el dictamen por el que se expide la Ley Federal de Revocación de Mandato. Se realizaron 29 modificaciones al proyecto aprobado en comisiones, que incluyen la reformulación de la pregunta. La negociación y resolución de diferencias entre Morena y la oposición fue de 16 horas.
Esta Ley busca regular y garantizar el ejercicio del derecho político de las y los ciudadanos a solicitar, participar, “ser consultados” y votar por la revocación del mandato de la persona que resultó electa popularmente como titular de la Presidencia de la República, mediante sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.
Redacción de la pregunta
Al reanudar su primera sesión larga, tras un receso de ocho horas, la asamblea incluyó una adenda con el consenso de todos los partidos. La redacción de la pregunta queda en los siguientes términos:
Y en las boletas, las y los ciudadanos podrán elegir dos opciones: “Que se le revoque el mandato por pérdida de confianza”. O, por otro lado, “Que siga en la Presidencia”.
Las posturas
El coordinador del PAN, Julen Rementería, destacó la madurez de la mayoría para subsanar las inconsistencias en la propuesta original. Esto, porque la pregunta no hablaba de revocación, sino de ratificación.
La senadora del PRI, Claudia Ruiz, reconoció la voluntad para garantizar certidumbre jurídica a este ejercicio. Confió que la búsqueda de acuerdos sea la ruta en la nueva Legislatura.
El morenista Higinio Martínez reconoció la decisión valiente del presidente Andrés Manuel López Obrador por impulsar esta reforma. Ahora los ciudadanos serán los que determinen si debe o no continuar su mandato
Para evitar la judicialización de la reforma, en la discusión en lo particular, el coordinador de Morena, Ricardo Monreal, retiró la reserva del artículo 33. En ella, la mayoría pretendía establecer el derecho del Ejecutivo Federal para opinar e informar sobre la continuidad en su cargo durante el proceso de revocación de mandato. Enfatizó que en Morena no hay obediencias ciegas en las reformas aprobadas. Además, llamó a no permitir que el INE, ni ningún órgano autónomo, usurpe funciones del Legislativo.
La reserva planteaba que “sin perjuicio de lo establecido en el artículo 134 de la Constitución, el titular del Ejecutivo Federal tendrá el derecho de opinar e informar acerca de la continuidad en su cargo”.
De esta manera, la legislación señala que el proceso de revocación de mandato es el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía. Esto permite determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular de la Presidencia de la República a partir de la pérdida de la confianza.
La consulta procederá con al menos el 3% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores. Esto, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos 17 entidades federativas. Además, deben representar, como mínimo, el 3% de la lista nominal de electores en cada una de ellas.
Las reglas del juego
En la nueva Ley queda prohibido el uso de recursos públicos para la recolección de firmas, así como con fines de promoción y propaganda relacionados con esta consulta. Ahora se turnó a la Cámara de Diputados para su análisis y discusión.
Dispone que el INE tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación y realizará el monitoreo de medios de comunicación, prensa y medios electrónicos. Esto con el garantizar la equidad en los espacios informativos, de opinión pública y/o de difusión asignados a la discusión de la revocación de mandato.
Los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana. Se abstendrán de aplicar los recursos derivados del financiamiento público y del financiamiento privado para la realización de sus actividades ordinarias permanentes o sus actividades tendientes a la obtención del voto. No podrán actuar con el propósito de influir en las preferencias de las ciudadanas y los ciudadanos.
Deberá iniciar la difusión de la consulta al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación. Concluirá tres días previos a la fecha de la jornada.
El INE deberá tener a disposición de las y los ciudadanos el formato impreso y los medios electrónicos de solicitud de la convocatoria al proceso de revocación de mandato para el periodo constitucional 2018-2024. Deberá estar a más tardar el 1 de octubre de 2021,
Además, el INE tendrá la responsabilidad de hacer los ajustes necesarios presupuestales para llevar a buen puerto esta consulta.
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