En México, el 58.3 personas son susceptibles de recibir cuidados y 31.7 millones son cuidadoras, de acuerdo con el Inegi.
Georgina Hernández
Las personas tienen derecho a cuidar y a ser cuidadas. Eso es, en esencia, lo que resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación el pasado 24 de octubre, cuando por primera vez reconoció el derecho humano al cuidado.
El caso que antecede a la decisión del Máximo Tribunal es por demás interesante: un adulto mayor con enfermedades crónicas se oponía a divorciarse bajo el argumento que su ahora exesposa era la persona que le proporcionaba bienestar.
El proyecto del ministro Arturo Zaldívar fue contundente: el derecho al cuidado nunca debe ejercerse a costa de la salud, el bienestar o plan de vida de quienes cuidan, mucho menos se trata de un mandato para las mujeres.
Para Margarita Garfias, coordinadora de la colectiva Yo Cuido México, está decisión fue un hito.
“Creo que es muy importante, es un hito histórico para nuestro país porque esta sentencia rompe precisamente con la creencia cultural, social y política de que las mujeres estamos destinadas a cuidar”.
Margarita, madre de Carlos, un joven de 20 años con discapacidad múltiple porque tiene tres diagnósticos: estreptococo, que es un trastorno inmunológico que provoca enfermedades respiratorias de repetición, parálisis cerebral y epilepsia, detalla cómo es vivir bajo esa dinámica.
“Cuando tú cuidas a una persona, te convierte en una diana o un binomio porque la persona que cuida es responsable de la persona cuidada y entonces no puede ejercer un empleo.
Tal vez no puede ir al médico si la persona que cuida necesita de ella para resolver la alimentación, el aseo, la medicación, la rehabilitación, etc y está sujeta a los tiempos de esta persona.
Y también la persona cuidada tal vez no puede asistir a la escuela, no puede tener estos espacios lejos de la persona que le cuida porque depende de los tiempos de la persona que le cuida”.
¿De quién es la responsabilidad?
Pero entonces, si ser cuidado es un derecho humano, pero nadie puede ser obligado a cuidar, ¿de quién es la responsabilidad?
De acuerdo con la resolución de la Corte, son el Estado y sus autoridades las que deberán adoptar las medidas necesarias para proveer bienestar a quienes necesiten cuidados y garantizar sus derechos y proyectos de vida a quienes cuidan.
No obstante, Margarita Garfias resume cómo garantizar la autonomía de ambas partes.
“En el caso más positivo o en la parte más deseada y positiva, esperaríamos que se volvieran a retomar los diálogos con sociedad civil para poder retomar las iniciativas, la reforma al artículo 4 y 73 constitucional que están ahí paradas en el Senado, y que se construya precisamente el reglamento que dé vida al Sistema Nacional de Cuidados.
Pero, partiendo con mesas de trabajo con la sociedad civil y no estos escritos a puerta cerrada a los que está acostumbrado el Senado de la República”.
El cuidado no es exclusivo de mujeres
Patricia Osyana consideró que la resolución de la Corte es importante porque eso implicará que el Estado se verá obligado a reconocer que el trabajo de cuidados no se tendría que hacer por una situación de género.
Ella es orientadora en una secundaria diurna y desde hace 17 años también es cuidadora de su hijo Inti, quien fue diagnosticado con parálisis cerebral infantil con secuelas de cuadriparesia espástica, lo cual implica rigidez severa en brazos y piernas, y un cuello blando o débil.
Todo esto los lleva a comunicarse a través de gestos y miradas. Patricia celebra el fallo de la Corte, pero insiste en que a nivel social también falta un cambio cultural en torno al tema.
“Por ejemplo, mi hijo pesa 22 kilos y medio y ya no lo puedo cargar para bañarlo, ya no lo puedo cargar para subirlo a su silla de ruedas y entonces esas palabras disneylándicas de ‘chingona y tú eres fuerte y eres la mejor mamá’, no me dan la fuerza porque ya no tengo el cuerpo para resistirlo porque es muy cansado, muy muy muy cansado”.
Pensar que somos un porcentaje importante de la población en México, no sólo en el Distrito Federal.
Tendrán que cambiar muchas condiciones. ¿Cómo lo harían? Yo creo que pensando ‘sí hago esta modificación con todo y las especificaciones necesarias.
¿A quién le preguntamos? Pues a quienes son las cuidadoras, no le voy a preguntar al catedrático doctor de Fisiología porque él no tiene un hijo así. Trabaja con ellos medicamente, pero no tiene un hijo de cuidados de 24 por 24 por 365”.
Por ahora, se prevé que con el fallo de la Primera Sala los casos que lleguen a los juzgados sean resueltos más rápido.
Un paso más en un país donde 58.3 personas son susceptibles de recibir cuidados y 31.7 millones son cuidadoras, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Cuidados 2022, realizada por el Inegi y presentada por primera vez este año.
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