El dictamen, que todavía debe pasar a la Cámara de Diputados, establece una ampliación en la cantidad de mariguana que se puede portar para autoconsumo, pero sin despenalizar completamente su posesión simple.
Rita Cerón
En medio de relojes y pancartas verdes con la leyenda “llego la hora de la marihuana” “llego la hora de regular” “No a la criminalización, Si a la libertad”, el pleno del Senado aprobó con 82 votos a favor, 18 en contra y 7 abstenciones el dictamen por el que se expide Ley Federal para la Regulación del Cannabis, y se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal.
La norma establece una estricta regulación en el cultivo, producción, distribución, venta y consumo adulto de marihuana y sus derivados, bajo un enfoque de salud pública, derechos humanos y desarrollo sustentable, en aras de mejorar las condiciones de vida y fomentar la paz; además se permitirá el uso compartido en asociaciones, con hasta 20 integrantes.
De último momento se agregó un adendum para que el autoconsumo se limite de 6 a 8 el número de plantas de cannabis psicoactivo, las cuales deberán permanecer en casa, con restricciones para evitar su consumo frente a menores de edad. Además, se les obliga a adquirir la marihuana psicoactiva solo en los lugares autorizados.
Durante un debate de casi seis horas y en votación dividida del PAN e incluso entre morenistas, los senadores consideraron como un hecho histórico terminar con décadas de prohibicionismo y avanzar hacia la regulación del cannabis.
En tribuna, el presidente de la Comisión de Justicia, el morenista Julio Menchaca, dijo que se trata de una legislación de avanzada, que pone orden a un producto psicoactivo y que fomentará la paz y la seguridad en el país.
«Sin lugar a dudas este dictamen va a ser uno de los más polémicos que hayamos tenido, que vayamos a tener en esta legislatura, atendemos una prohibición de más de 100 años en donde se estigmatiza, se persigue, se criminaliza el uso de cannabis».
Julio Menchaca, senador de Morena
La mayoría de los senadores del PAN votaron en contra de abrir el mercado de drogas. El senador Damian Zepeda advirtió que en el futuro habrá tiendas en las esquinas.
«Este cambio que hoy se hace principalmente es para quien se quiere echar un ‘churro’ por diversión. Sí alguien quiere consumir, no nos metemos con su derecho, ese ya lo tiene. Pero, la solución era autoconsumo, plantas en tu casa, ser parte de una asociación o club, no tienditas en la esquina. Vamos a tener un problema de que no penalizan hasta 400 ‘churros’. ¿Qué creen que va a hacer mucha gente?, revenderlos a niños y jóvenes que se supone está prohibido”.
Damian Zepeda, senador del PAN
La senadora del PRI, Claudia Ruiz Massieu, advirtió que en el dictamen hay contradicciones y pendientes.
«Por un lado el dictamen sienta las bases para el establecimiento de un régimen equilibrado de regulación de cannabis basado en los derechos humanos y la protección de libertades; en contraste, en el dictamen perviven vestigios del paradigma prohibicionista que pretendemos superar, como la penalización de la posesión simple de cannabis psicoactivo que criminaliza a las y los consumidores. […] Si bien se aumenta la cantidad permitida para el consumo personal, no es la legislación la que debe imponer estos límites a las personas sino sus propias libertades de conciencia y de decisión».
¿Qué se permite y qué castiga?
La Ley Federal para la Regulación del Cannabis aprobada en el Senado consta de 64 artículos y 16 artículos transitorios.
Establece que la portación de 29 a 200 gramos se considerará posesión simple y ameritará una multa económica desde 7 mil 393 pesos hasta 14 mil 786 pesos; la posesión de más de 200 gramas hasta 28 kilos se considera narcomenudeo y aplicará una pena de 3 a 6 años de prisión; de 28 kilos en adelante ya se considera narcotráfico.
Se prevén sanciones de entre 5 y 10 años de prisión a quien utilice a menores de edad en cualquier actividad relacionada con la cadena productiva del cannabis
Se crea el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, que será un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, y ejercerá la rectoría sobre la cadena productiva de la marihuana y sus derivados, así como su consumo. Expedirá licencias para cultivo, producción, distribución y venta de marihuana y proporcionará información de las consecuencias y efectos perjudiciales vinculados a su consumo.
Las medidas que el Gobierno Federal adopte en la regulación del cannabis deberán siempre garantizar la protección de grupos en situación de vulnerabilidad y desventaja, como niños, niñas y adolescentes, mujeres, comunidad LGBTTTI+, personas mayores y personas con discapacidad.
Además, los pueblos y comunidades indígenas, personas campesinas o ejidatarias, ejidos y comunidades agrarias, comunidades en situación de marginación o que hayan sido afectados por el sistema prohibitivo, tendrán una atención prioritaria en la expedición de licencias.
Se aprobó una reserva de la senadora Beatriz Paredes para establecer que en el caso de estas comunidades se pida permiso a la Asamblea Ejidal para evitar conflictos sociales.
Se prohíbe consumir marihuana en establecimientos comerciales con acceso público, en escuelas públicas y privadas e instalaciones gubernamentales, y en todos los lugares donde también se prohibe el consumo de tabaco; habrá sanciones a quienes consuman en lugares abiertos a donde puedan acceder niños y adolescentes, inclusive si son espacios abiertos.
La siembra, cultivo o cosecha de plantas de marihuana no será punible cuando estas actividades se lleven a cabo con fines médicos y científicos. Además, se elimina el cáñamo de la lista de sustancias psicoactivas
La Secretaría de Salud, en un plazo que no excederá de seis meses contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, realizará las adecuaciones reglamentarias correspondientes para armonizarlas con el texto de la presente Ley.
Con el dictamen, que se turnó a la Cámara de Diputados para su análisis y dictaminación, el Senado dio cumplimiento a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para legislar en la materia, luego de que considerara que su prohibición transgredía el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
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