El presidente Gustavo Petro ha insistido en que “todas las normas de penalización de la comercialización de drogas y el narcotráfico siguen vigentes”.
Escucha la conversación con el abogado e investigador, Sergio Pérez.
IMER Noticias
El pasado 7 de diciembre, el presidente de Colombia, Gustavo Petro, emitió un decreto que elimina las multas para quien porte drogas para uso personal.
Con esta determinación, se deroga un decreto anterior emitido por el expresidente Iván Duque, el cual facultaba a la Policía Nacional para incautar dosis mínimas de droga y sancionar con multas a quienes portaran o consumieran estas sustancias en el espacio público.
Sergio Pérez, abogado e investigador del Centro de Estudios Dejusticia, explicó que es imposible penalizar el porte y el consumo mínimo de drogas en dosis mínimas, porque su Constitución “protege el libre desarrollo de la personalidad”.
“El decreto 1844-2018, que expidió el gobierno de Duque, era un decreto que imponía una sanción adicional a las que hay actualmente en el código de policía para el porte de una sustancia estupefaciente o sicoactiva en una cantidad considerada como mínima.”
📡 #EnVivo || El presidente de Colombia, @petrogustavo, firmó un decreto que elimina multas a quienes porten droga para consumo personal.
— IMER Noticias (@IMER_Noticias) December 14, 2023
El abogado e investigador Sergio Pérez nos explica en qué consiste.
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El presidente Gustavo Petro ha insistido en que “todas las normas de penalización de la comercialización de drogas y el narcotráfico siguen vigentes”.
La Corte Constitucional de ese país ha resuelto que el porte de drogas no se puede sancionar administrativamente, debido a que “lo que está prohibido en Colombia es el comercio, el tráfico” de sustancias ilícitas.
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