“No sé quién hizo eso. Yo no lo necesito y no lo promoví, lo voy a vetar. Tiene que haber libertad de expresión”, dijo el presidente
IMER Noticias
El presidente Andrés Manuel López Obrador adelantó este miércoles que vetará el dictamen que aprobó la comisión de Gobernación en la Cámara de Diputados, la cual cuadruplica las sanciones a quienes insulten al presidente.
En conferencia matutina en Palacio Nacional, López Obrador expresó que respeta el derecho a la libertad de expresión e incluso preguntó a medios quién había aprobado dicho dictamen, el cual fue avalado con una mayoría de 20 votos de legisladores de su partido.
“Me sorprendió ayer que autorizan en la Cámara (de Diputados) que el que insulte al presidente le van a aumentar el castigo, va a tener que pagar dos o tres veces más, no sé quién hizo eso. Yo no lo necesito y no lo promoví, lo voy a vetar, ¿eso para qué?. Tiene que haber libertad de expresión”, dijo el presidente en Palacio Nacional.
¿Qué implica el dictamen que aumenta la multa a quienes insulten al presidente?
Morena y sus aliados aprobaron ayer martes, en comisiones, un dictamen con reformas a la Ley de Imprenta para sancionar las injurias al presidente de la República.
Con 20 votos a favor de Morena y sus aliados y 9 en contra de la oposición, la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de una iniciativa con reformas a la Ley de Imprenta para sancionar las injurias al presidente de la República en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas.
El documento establece, en el artículo 33 de dicha ley que contempla castigo para quienes cometan ataques contra el orden y la paz pública, que la multa va de cinco a 40 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, de unos 520 pesos a casi 4 mil 150 pesos.
El dictamen, que se turnó a la Mesa Directiva para su debate en el pleno, detalla que la misma sanción se impondrá para las ofensas a un ministro de la Suprema Corte, de circuito o de las entidades y a jueces de distrito o del orden común.
Así como a gobernadores, a generales o coroneles en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, o contra cualquier otro cuerpo público federal o local. Se castigará con la misma multa las injurias a naciones amigas o a sus jefes de Estado o sus representantes acreditados en el país.
En tanto, las cometidas contra secretarios del despacho, al fiscal General de la República o directores de departamentos federales, entre otros, la pena irá de cinco a 10 veces la UMA.
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